Boletín mensual: junio 2026 "Normas legales de seguridad y salud en el trabajo"

14/06/2026

A continuación, detallamos las siguientes normas de Seguridad y Salud en el Trabajo emitidas en el mes de junio 2026

RESOLUCIÓN MINISTERIAL 546-2026/MINSA

Aprueban el “Documento Técnico: Promoción de la Salud en los Lugares de Trabajo”

Fecha de publicación: 04/06/2026

Ver más
Antecedentes de la norma:

Son antecedentes de la presente norma la Ley General de Salud, Ley 26842, que establece que las empresas tienen la obligación de adoptar las medidas necesarias para garantizar la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores en los ambientes de trabajo. Además, la Ley 29783 señala que el empleador está obligado a establecer los programas de prevención y promoción de la salud y el sistema de monitoreo de su cumplimiento.

Finalidad y alcance de la norma:

La finalidad del Documento Técnico es contribuir a mejorar los hábitos, conductas y estilos de vida saludables de los trabajadores en los lugares de trabajo, estableciendo disposiciones para la preparación, planificación, ejecución y evaluación de las intervenciones de promoción de la salud en los lugares de trabajo.

Ámbito de aplicación de la norma:

El MINSA ha establecido que la presente norma es de aplicación referencial para todos los empleadores (personas jurídicas y naturales) del sector público y privado, así como para los trabajadores independientes.

Contenido de la norma:

1. Definiciones:

  • Entorno de trabajo saludable: Aquel entorno de trabajo en el que los trabajadores, la alta dirección y la gerencia colaboran en la aplicación de un proceso de mejora continua para proteger y promover la salud, la seguridad y el bienestar de todos los trabajadores y la sostenibilidad del lugar de trabajo.
  • Estilos de vida saludable: Forma general de vida basada en la interacción entre las condiciones de vida en un sentido amplio y los patrones individuales de conducta determinados por factores socioculturales y características personales.
  • Lugar de trabajo: Todo sitio o área donde empleadores y trabajadores permanecen y desarrollan su trabajo o donde tienen que acudir para desarrollarlo.
  • Promoción de la salud en el lugar de trabajo: Actividades o acciones dirigidas a modificar el comportamiento, hábitos o estilos de vida de los trabajadores, que tienen como objetivo el mejoramiento de su salud, así como el aumento de la productividad y la reducción de los gastos en salud.
  • Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo: Estructura organizativa con funciones esencialmente preventivas, organizadas por el empleador con la participación de los trabajadores y/o sus representantes sobre los requisitos necesarios para establecer y mantener un medio ambiente de trabajo seguro y saludable.

2. Actividades de la promoción de la salud y recomendaciones para los empleadores (persona natural y jurídica):

  • Alimentación saludable:

    Es la alimentación variada con alimentos preferentemente en estado natural o con procesamiento mínimo que aporta energía y todos los nutrientes esenciales que cada persona necesita para mantenerse saludable.

    Recomendaciones para los empleadores:
    • Brindar menú saludable, implementar puntos de hidratación, brindar educación nutricional.
    • Informar y capacitar a los trabajadores sobre las necesidades nutricionales y el valor nutricional de los alimentos.
    • Evaluar el consumo energético (gasto energético) por nivel de actividad que realizan los trabajadores según Anexo 5 - Nivel de metabolismo de acuerdo a la actividad laboral hcal/jornada.
    • Difundir información impresa (cartillas, folletos) o audiovisual sobre alimentación saludable.
    • Lanzar campañas sobre comidas nutritivas, ingesta de frutas y verduras, hidratación.
  • Higiene y ambiente:

    Son las prácticas que le permiten la minimización de exposición y factores de riesgo para la salud y bienestar, como el lavado de manos con agua y jabón en momentos esenciales, cubrirse la boca al toser y estornudar, baño diario, entre otros.

    Recomendaciones para los empleadores:
    • Establecer estándares de orden y limpieza, garantizar servicios higiénicos adecuados.
    • Gestionar adecuadamente los residuos.
    • Adecuar el ambiente físico de trabajo con temperatura, iluminación, ventilación y control de ruido, según el Anexo 6 - Calidad de Ambiente.
  • Actividad física y descanso:

    Se refiere a todo movimiento corporal producido por los músculos que requiere más energía que estar en reposo. El ejercicio es un tipo de actividad planeada, estructurada y repetitiva con el objetivo de proteger y mantener la salud.

    Recomendaciones para los empleadores:
    • Implementar pausas activas, promover la actividad física, incentivar el uso de escaleras (en lugar de ascensores) para evitar el sedentarismo.
    • Para la manipulación de peso se recomienda que las pausas de descanso sean adecuadas preferiblemente flexibles según el peso manejado y el tiempo de trabajo, según Anexo 7 - Pausas en función del peso manejado y el tiempo de trabajo.
    • Para posturas inadecuadas Se recomiendan pausas de unos 5 minutos o cambios de postura cada hora. Revisar el Anexo 8 - Pausas en función de posturas inadecuadas.
  • Higiene del sueño:

    Son las rutinas que permiten promover un sueño constante e ininterrumpido para reducir los problemas a la salud

    Recomendaciones para los empleadores:
    • Implementar áreas para relajación y descanso de los trabajadores
    • Informar y capacitar a los trabajadores sobre higiene del sueño
    • Gestionar adecuadamente los horarios de los turnos nocturnos
    • Promover la higiene del sueño.
  • Salud sexual y reproductiva:

    Es el estado general de bienestar físico, mental y social, y no de mera ausencia de enfermedades o dolencias, en todos los aspectos relacionados con el aparato reproductor y sus funciones y procesos.

    Recomendaciones para los empleadores: Informar y capacitar a los trabajadores y trabajadoras sobre:
    • Derechos sexuales y reproductivos como parte de los derechos humanos
    • Prevención y denuncia de actos de hostigamiento sexual
    • Cambios fisiopsicopatológicos de los períodos menstruales y su impacto en el trabajo
    • Prevención de infecciones de transmisión sexual
    • Promover y dar facilidades para el uso del lactario
  • Salud mental:

    Es el proceso dinámico de bienestar, producto de la interrelación entre el entorno y el despliegue de las diversas capacidades humanas, tanto en los individuos como de los grupos y colectivos.

    Recomendaciones para los empleadores:
    • Implementar medidas para prevenir el estrés, el acoso laboral y el hostigamiento sexual en el trabajo.
    • Establecer una política de alcohol y drogas.
    • Implementar medidas para la conciliación trabajo-familia.
  • Habilidades para la vida:

    Son las competencias necesarias para enfrentar los grandes retos y construir su proyecto de vida. Favorecen comportamientos de vida saludable en las diferentes etapas del ser humano.

    Recomendaciones para los empleadores:Informar y capacitar a los trabajadores y trabajadoras sobre:
    • Solución de conflictos, relaciones interpersonales, liderazgo
    • Estrategias de relajación, autoestima y afrontamiento
    • Estrategias para manejo de carga psicosocial
  • Seguridad vial:

    Se refiere a las medidas adoptadas para reducir el riesgo de lesiones y muertes causadas por el tránsito, así como fortalecer una cultura de tránsito y el respeto a la legislación.

    Recomendaciones para los empleadores: Informar y capacitar a los trabajadores y trabajadoras sobre:
    • Seguridad vial, educación vial y uso del vehículo
    • Deberes y derechos del conductor y peatones
    • Manejo defensivo

3. Metodología para la implementación de la promoción de la salud:

El área o servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo realiza las actividades que se vayan a incluir en un programa anual de promoción de la salud en los lugares de trabajo, de acuerdo al Anexo 2 de la presente Resolución, teniendo en cuenta las siguientes etapas:

  • La preparación: Es el trabajo conjunto de las gerencias, el área de recursos humanos, el comité o supervisor de SST y del área de SST, en el que se establece los canales de comunicación con los trabajadores acerca de la implementación de las actividades de promoción de la salud.
  • El planeamiento: Realizado por el área de SST, quien evalúa las necesidades y expectativas de los trabajadores en relación con la salud en el trabajo, revisando estadísticas de SST y resultados de la vigilancia médica. Aquí se aplica el Anexo 01 - Cuestionario para la evaluación de la promoción de la salud en el lugar de trabajo para conocer el estado situacional de la empresa. Establecen objetivos y metas según el Anexo 3 - Indicadores del programa de promoción de la salud.
  • La implementación: A cargo del área de SST, donde se ejecuta el Programa de Promoción de la Salud según mdelo referencial del Anexo 2. Dichas actividades deben estar articuladas con el programa de SST. Se puede aprovechar los recursos proporcionados por las EPS y compañías de seguros.
  • La evaluación: Es responsabilidad del área de SST, la cual analiza el impacto de la implementación del programa, aplicando el Anexo 4 - Cuestionario sobre satisfacción en el trabajo. Evalúa periódicamente el cronograma. La alta dirección participa quien toma conocimiento de los resultados.
  • La mejora continua: También a cargo del área de SST, según los resultados obtenidos en la evaluación, mejorando las actividades que no hayan logrado la satisfacción de los trabajadores.